Recibos domiciliados, pagos con tarjeta, compras online, imprevistos de última hora… Muchas son las situaciones que pueden jugarnos una mala pasada al generar que nuestra cuenta bancaria se quede en negativo. Estas son las claves para evitar un descubierto y las múltiples consecuencias que puede tener.
En primer lugar, es imprescindible conocer con exactitud de cuanto dinero disponemos en nuestra cuenta a la hora de gestionar correctamente nuestra liquidez y de cara afrontar los próximos cargos. De esta forma, lo primero que debemos saber es que para cada movimiento en tu cuenta pueden darse dos fechas: la fecha de valor de la operación, que, en el caso de los ingresos y abonos, se refiere al día en que los fondos están disponibles, y, por otro lado, la fecha de la operación o fecha contable, que se corresponde con el momento en que la entidad contabiliza el apunte.
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De esta forma, el descubierto por valoración o técnico se produce cuando ordenamos cargos en nuestra cuenta por un importe mayor de los fondos disponibles. Se le llama «técnico o por valoración» en alusión a aquellos descubiertos momentáneos, cuya única razón es la mecánica bancaria que genera diferencias entre la fecha contable y la fecha de valor.
Por ejemplo, Juana se dispone a ingresar un cheque de otra entidad en la sucursal de su banco para que gestione su cobro y necesita el dinero con inmediatez porque con ese cheque tiene que pagar a un proveedor. Esta operación presenta una serie de limitaciones técnicas, en particular, que la entidad de Juana tiene que comprobar si el librador del cheque dispone de fondos suficientes. Una vez verificado, transferirá el importe a su cuenta. Si pagara a su proveedor el mismo día que ingresa el cheque se generaría un descubierto puesto que los fondos aún no están disponibles.
En este caso, ¿que se debe hacer? Lo más importante es fijarse en las fechas de valoración y contable que serán fechas distintas. La fecha que nos interesa de cara a la disponibilidad de los fondos es la de la operación, es decir, el momento en el que el banco abona a Juana los fondos del cheque.
Otro ejemplo sería el caso de las transferencias internacionales, en las que, aunque la fecha contable sea la del momento en que se realiza, no tendremos los fondos disponibles hasta unos días después. Pero ¿qué fechas estipula la normativa? Aparte de las normas internas de valoración que cada entidad tenga y debe publicar, existe normativa que fija unos valores máximos a los desfases que son admisibles según la operativa realizada. La normativa de servicios de pago dispone que la fecha de valor del abono en la cuenta de pago no será posterior al día hábil –no incluye sábados y domingos– en que el importe de la operación se abonó en la cuenta de la entidad del beneficiario.
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Es decir, si realizas una transferencia desde tu entidad a otra, como tarde, los fondos deberán llegar al destinatario al final del día hábil siguiente. En resumen, para evitar sorpresas y costes innecesarios, es importante atender no solo a la fecha en que realizamos nuestras operaciones bancarias, sino también a la fecha valor.
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